Ayudas eficiencia energética PYME y gran empresa del sector industrial
Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa – Sector industrial
El Consejo de Ministros ha aprobado el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. Está dotado con 307 millones de euros y dirigido a incentivar la realización de actuaciones que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía en el sector industrial, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, conforme a las condiciones establecidas por las presentes bases y, con el fin de facilitar la cofinanciación con fondos FEDER, así mismo, conforme a las normas que rijan el Programa Operativo FEDER Plurirregional de España 2014-2020.
Las bases reguladoras del programa se rigen por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril para actuaciones de mejora de eficiencia energética en PyME y Gran Empresa del sector industrial. El programa está coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y será gestionado por las comunidades y ciudades autónomas.
FECHA DE PRESENTACIÓN
El plazo máximo para la presentación de las solicitudes será el 31 de diciembre del 2020. Así como el plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de 24 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda. Y finalmente, la justificación, deberá realizarse en un plazo máximo de 3 meses desde la fiscalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.
OBJETIVOS DE LA AYUDA
El Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020 concede dichas ayudas con la finalidad de que España consiga cumplir con los objetivos de ahorro marcados para el año 2020, dirigidas a todos los sectores consumidores de energía final. El objetivo de esta medida es la concesión de ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética, en la Comunitat Valenciana, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro y la eficiencia energética y el respeto al medio ambiente.
EMPRESAS BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los establecidos en la convocatoria de ayudas (del 07 al 11, del 13 al 33 y del 35 al 39). El proyecto objeto de subvención deberá realizarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
Por ejemplo, las empresas que deseen cambiar la calefacción de combustible o eléctrica por nuestros sistemas eficientes de Gas Natural o las que soliciten la instalación de ventiladores industriales en lugares climatizados para reducir el consumo energético, podrán beneficiarse de estas ayudas, más el consiguiente ahorro anual que suponen los sistemas de climatización de Magnovent.
ACTUACIONES ELEGIBLES
Las actuaciones elegibles son las siguientes:
Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
El objetivo de esta medida es reducir el consumo de energía final en PYME y gran empresa del sector industrial, mediante la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales. Se pretende promover inversiones en sustitución de equipos e instalaciones así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales.
Medida 2. Implantación de sistemas de gestión energética
El objetivo principal de esta medida es reducir el consumo de energía final en las PYMEs y grandes empresas del sector industrial mediante la implementación o mejora de los sistemas de gestión energética. Con esta actuación se pretenden promover inversiones para la implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes:
a) El 30% de la inversión elegible del proyecto.
b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:
– Gran empresa: 30%
– Mediana empresa: 40%
– Pequeña empresa: 50%
c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- Impreso de solicitud normalizado, a través del siguiente enlace: https://asistente-solicitud.ivace.es/solicitudes/entrada?modulo=EEI
- Memoria técnica del proyecto en función de la actuación a la que se soliciten ayudas, firmada por técnico competente, según modelo facilitado por IVACE: Descargar documento. En Magnovent estaremos encantados de proporcionarle todos los documentes necesarios para conseguir la ayuda. Realizaremos un estudio personalizado y la justificación de instalación eficiente que se requiere.
- Documentación complementaria de carácter administrativo, en función del tipo de solicitante (particular, empresa, etc.).
- Documentación complementaria de carácter administrativo, en función del tipo de solicitante (particular, empresa, etc.).
- Resto de documentación especificada en el artículo 10 de la convocatoria de ayudas.
Tanto la solicitud como la memoria técnica, se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la empresa interesada, en los términos previstos en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana.
Finalmente, una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico y, en su caso, el resto de documentación.